DERECHOS DE LOS SOCIOS:
La ley y los Estatutos contemplan los derechos que asisten a todo socio que forma parte de una cooperativa. Destacamos los siguientes:
• Asistir, participar en los debates, formular propuestas y votar las propuestas que se sometan a su consideración en la Asamblea General y demás órganos colegiados de los que formen parte.
• Ser elector y elegible para los cargos de los órganos sociales.
• Participar en todas las actividades de la cooperativa, sin discriminaciones.
• Recibir la información necesaria para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

El DERECHO DE INFORMACIÓN de los socios tiene especial relevancia y OXI asesora a las cooperativas que gestiona en el sentido de ofrecer la máxima transparencia en la información a los socios.
Como manifestación de este DERECHO DE INFORMACIÓN, el socio tiene derecho a:
• Recibir copia de los Estatutos sociales y, si existiese, del Reglamento de régimen interno y de sus modificaciones, con mención expresa del momento de entrada en vigor de éstas.
• Acceder libremente a los Libros de Registro de socios de la cooperativa, así como al Libro de Actas de la Asamblea General.
• Examinar los documentos que vayan a ser sometidos a la Asamblea General y en particular las cuentas anuales, el informe de gestión, la propuesta de distribución de resultados y el informe de los Interventores o el informe de la auditoría, según los casos.
• Solicitar por escrito, con anterioridad a la celebración de la Asamblea, o verbalmente en el transcurso de la misma, la ampliación de cuanta información considere necesaria en relación a los puntos contenidos en el orden del día.
• Solicitar por escrito y recibir información sobre la marcha de la cooperativa en los términos previstos en los Estatutos y en particular sobre la que afecte a sus derechos económicos o sociales.

OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS
Los socios están obligados a cumplir los deberes que establecen la ley y los Estatutos de la cooperativa.
En especial, los socios tendrán las siguientes obligaciones:
• Cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos sociales de la cooperativa.
• Participar en las actividades cooperativizadas que desarrolla la cooperativa para el cumplimiento de su fin social.
• Guardar secreto sobre aquellos asuntos y datos de la cooperativa cuya divulgación pueda perjudicar a los intereses sociales lícitos.
• Aceptar los cargos para los que fueren elegidos, salvo justa causa de excusa.
• Cumplir con las obligaciones económicas que le correspondan.
• No realizar actividades competitivas con las actividades empresariales que desarrolle la cooperativa, salvo autorización expresa del Consejo Rector.

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